MEDIDAS DE HIGIENE EN EL TRABAJO
- Fomentar el teletrabajo
- Sustituir el fichaje con huella dactilar por otro sistema o, en su defecto, desinfectar el dispositivo antes y después de cada uso.
- Organizar los turnos y modificar las condiciones de trabajo para que se mantenga una distancia de al menos 2 metros entre los trabajadores
- Ajustar horarios para evitar la coincidencia masiva de personas (trabajadores o no) en el centro de trabajo
- Desinfectar suelos, pasamanos, teléfonos, pomos de las puertas y demás elementos con diluciones de lejía (1:50) o con desinfectantes con actividad virucida autorizados por el Ministerio de Sanidad. Tras cada limpieza, los materiales de desinfección y los equipos de protección se desecharán.
- Lavar diariamente los uniformes o la ropa de trabajo entre 60º y 90º
- Ventilar diariamente al menos 5 minutos
- Utilizar preferentemente las escaleras en vez del ascensor
- Los aseos que puedan usar los clientes deberán limpiarse al menos 6 veces al día.
- Fomentar el pago con tarjeta, desinfectando el datafono tras cada uso
- Disponer de papeleras, preferentemente con pedal, para depositar material desechable y deberán limpiarse al menos una vez al día.
MEDIDAS DE CARÁCTER SOCIAL
- Libre circulación por la provincia (o incluso a otras provincias por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales)
- Se permiten los grupos de hasta un máximo de 10 personas manteniendo la distancia de seguridad.
- Mantener una distancia de seguridad de al menos 2 metros
- Podrán viajar en un mismo vehículo 4 personas de la misma unidad familiar.
- Máximo de 15 personas en velatorios y entierros (10 si es en espacio cerrado), con distancia mínima de 2 metros y uso de mascarillas
- Asistencia a lugares de culto con un máximo de un tercio del aforo, con distancia de al menos un metro y uso de mascarillas.
- Se permite la práctica no profesional de deporte individual que no requiera contacto con terceros una vez al día y dentro de las franjas horarias ya establecidas. NO SE INCLUYE LA PESCA Y LA CAZA DEPORTIVA EL REAL DECRETO 463/2020 CONTINÚA EN VIGOR EN CUANTO NO SE OPONGA O CONTRADIGA LA PRESENTE ORDEN
LOCALES COMERCIALES Y MINORISTAS Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
- Podrán reabrir al público siempre que la superficie útil de exposición y venta al público sea inferior a 400 m2.
- Pueden abrir también los concesionarios de automoción, las estaciones de I.T.V., loterías, centros de jardinería y viveros (cualquiera que sea su superficie), mercadillos (con una limitación del 25% de los puestos),
- Se reduce el aforo al 30%
- Distancia mínima de 2 metros entre los clientes. Si no puede garantizarse, solo puede haber un cliente dentro del establecimiento
- Horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años
- Deberán proceder a la limpieza de suelos, mostradores, pasamanos, muebles, etc. al menos dos veces al día. Se realizará un cierre para limpieza, preferentemente al mediodía.
- Estas medidas son de aplicación también en las lavanderías autoservicio, máquinas vending y similares, debiendo colocar letreros informativos del uso correcto a los usuarios.
- Si hay más de un trabajador, las limpiezas se harán también en las zonas privadas.
- Poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida.
- No puede haber productos de prueba de cosméticos, perfumes y similares.
- Colocar letrero del aforo máximo del local
- Organizar la circulación de personas y la distribución de espacios para garantizar las distancias de seguridad. Si hay más de dos puertas, una será de entrada y otra de salida.
No pueden establecerse acciones comerciales que puedan dar lugar a aglomeraciones
TERRAZAS EN HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
- Pueden abrirse terrazas con el 50% de las mesas permitidas en la licencia municipal en 2019
- Si el Ayuntamiento amplía la superficie, se puede incrementar el número de mesas.
- Máximo de 10 personas por mesa o grupo de mesas, permitiendo la distancia mínima entre ellas.
- Limpieza de mesas y sillas entre un cliente y otro
- Priorizar el uso de manteles de un solo uso
- Priorizar el uso de monodosis de servilletas, palillos y similares, suprimiendo servilleteros, palilleros, etc.
OTROS ÁMBITOS REGULADOS
Servicios Sociales, centros educativos y universitarios, instalaciones científicas, congresos científicos o de innovación, bibliotecas, museos, producción y rodaje de obras audiovisuales, locales de espectáculos culturales, práctica de deporte federado, hoteles y establecimientos turísticos y turismo activo y de naturaleza.