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  • InfoCOVID-19 Cantabria

El Ayuntamiento de Santander destinará 3,6 millones a ayudas a empresas por la crisis de la COVID-19

  • Se aprobarán en Junta de Gobierno la semana del 28 de septiembre para luego ser publicadas en el BOC

  • Podrán solicitarse hasta el 10 de noviembre


El Ayuntamiento de Santander destinará 3,6 millones de euros a ayudas a empresas de la ciudad con el objetivo de contribuir a reactivar la economía local tras la situación generada por la covid-19.



Serán cuatro nuevas líneas de ayudas destinadas a:

- Adaptación del comercio, la hostelería y los servicios personales a la nueva situación de prevención laboral y adaptación para evitar la propagación generada por el virus (dotación: un millón de euros)


- A proyectos innovadores de la industria creativa y cultural (300.000 euros).


- Al lanzamiento de nuevos proyectos empresariales durante o tras el estado de alarma (300.000 euros)


- Al mantenimiento de la actividad en la fase de cese o reducción de ingresos (500.000 euros).


Estas nuevas subvenciones se suman a las anunciadas hace unos días, -una convocatoria con 1,5 millones para impulsar la transformación e innovación tecnológica de las empresas de la ciudad- y a los programas y ayudas puestos en marcha al inicio de la crisis sanitaria y se enmarcan en el plan de choque 'Santander a Punto', que contempla 5 líneas de subvenciones para el tejido empresarial.

Las 4 líneas de ayudas presentadas hoy se aprobarán la próxima semana en la Junta de Gobierno Local, y posteriormente se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC).


A partir de ese momento, las empresas podrán solicitarlas hasta el 10 de noviembre.


La próxima semana se habilitarán junto con la información necesaria para formalizar las solicitudes en la web https://santanderapunto.es/.


Información de las nuevas líneas de ayudas


La línea de ayudas a la lucha y adaptación del comercio, la hostelería y los servicios personales a la situación generada por la covid-19 persigue apoyar a empresas de sectores especialmente afectados por la declaración del estado de alarma y las limitaciones derivadas de la pandemia para conseguir adaptar sus negocios.


Serán gastos subvencionables, las facturas correspondientes al período comprendido entre el 14 de marzo y el 31 de diciembre de 2020, incluyendo adquisición de material de desinfección en instalaciones, elementos de protección y medidas de seguridad e higiene.


También se podrán subvencionar inversiones para adecuación y modernización de instalaciones y locales; obras de reforma, incluyendo la contratación de anteproyectos o proyectos técnicos; y el equipamiento del local con equipos de climatización, seguridad o mobiliario asociado a la reforma y adaptación.


Podrán beneficiarse los propietarios de comercios, agencias de viaje, lavanderías, peluquerías, servicios fotográficos y de fotocopias, agencias de prestación de servicios domésticos, servicios de enmarcación, transporte de autotaxis, hosteleros con servicio de alimentación en restaurantes, cafeterías, cafés, bares, chocolaterías, heladerías y horchaterías, etc.; servicios de hospedaje en hoteles, pensiones, fondas, casas de huéspedes y hoteles apartamentos, alojamientos turísticos extrahoteleros como apartamentos turísticos, albergues turísticos y otros debidamente autorizados por la Dirección General de Turismo; y guías de turismo.


Se subvencionarán un máximo del 75% de los gastos en función del número de trabajadores a fecha del mes anterior a la convocatoria, oscilando entre un mínimo de 3.000 y un máximo de 7.500 euros.


En el caso de las ayudas al sector del taxi, comprendidas en esta línea, se subvencionará un máximo del 75 por ciento de los gastos hasta los 600 euros.


En cuanto al programa de ayudas a la industria creativa y cultural para la generación de contenidos adaptados a la actual situación derivada de la covid-19, estarán dirigidas al sector cultural y sectores industriales para que puedan desarrollar nuevos productos y servicios especialmente apoyados en las nuevas tecnologías, impulsando la creación y difusión de la oferta cultural y generando valor añadido en la oferta.


Serán subvencionables las actividades desarrolladas entre el 15 de marzo y el 31 de diciembre y los beneficiarios serán autónomos y empresas en actividades de publicidad, arte y mercado de antigüedades, artesanías, diseño de moda, cine y video (incluye videojuegos), artes de actuación, música, edición, software y servicios informáticos, televisión y radio, patrimonio cultural o diseño gráfico, entre otras.


Estas ayudas tendrán un carácter de subvención a fondo perdido, para financiar el proyecto aprobado con un 75% de los gastos directos asociados al proyecto y con un máximo de 20.000 euros.


Respecto a las ayudas para el lanzamiento de nuevos proyectos empresariales durante y posterior al estado de alarma, se trata de una convocatoria extraordinaria a la que realiza el Ayuntamiento de forma anual y busca fomentar el emprendimiento y la generación de nuevas iniciativas empresariales.


En este caso, se busca dar cobertura a aquellas iniciativas puestas en marcha en el periodo del estado de alarma y fechas posteriores y los beneficiarios serán personas físicas y jurídicas que hayan iniciado una nueva actividad empresarial, comercial o profesional en Santander entre el 14 de mayo de 2020 y la fecha de presentación de la solicitud, o que hayan realizado y pagado a la fecha de presentación de la solicitud gastos por alguno de los conceptos contemplados por un importe igual o superior a 1.000 euros.


La subvención máxima a percibir por cada beneficiario será de 3.000 euros y servirán para financiar gastos de arrendamiento del local, acondicionamiento, adquisición de maquinaria y equipos; software, páginas web, desarrollo de aplicaciones; proyectos, licencias; otros gastos vinculados a las obligaciones formales de constitución y puesta en marcha como informes de mercado o marketing, entre otros.


Por último, el programa de ayudas para el mantenimiento de la actividad en la fase de cese de actividad o reducción de ingresos está dirigido a personas físicas y jurídicas que a la fecha de presentación de la solicitud hayan iniciado la actividad empresarial, comercial o profesional en el municipio con anterioridad al 2 de agosto de 2019, desarrollen su actividad en un inmueble en la ciudad en régimen de alquiler o bien cuenten con una hipoteca y cuyo contrato esté formalizado con fecha anterior a la declaración del estado de alarma. Además, deberán desarrollar una actividad suspendida por el cese de actividad en el estado de alarma.


Las ayudas con carácter de subvención a fondo perdido para costes de hipoteca y alquiler de negocio de tres meses, -comprendidos entre marzo y agosto de 2020-, financiarán hasta un límite del 50% del coste siempre que la cuantía total de la ayuda no supere los 1.200 euros.

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